1 012.
Diploma Juan Eduardo Bendeck Cordero.
Comparto este bonito logro, pero insuficiente, vienen otros.
II. Precisiones.
El derecho sustantivo se ha entendido como el conjunto de normas que establecen derechos y obligaciones, así como las sanciones que deban aplicarse cuando estas normas se incumplan.
El derecho adjetivo o procesal regula la función, y por lo tanto el procedimiento que se ha de seguir para obtener la actuación del derecho en casos concretos, determina las personas sujetas de éste y los funcionarios encargados de ejercerla.
A su vez, en el ámbito de los derechos humanos, los derechos subjetivos son derechos creados por el Estado, vinculados al derechos positivo, que son facultades que tienen los individuos a fin de ejercer ciertas prerrogativas otorgadas por el poder público. Implican una facultad de actuación a efecto de ejercerla.
Gracias.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario