1. Caso Jorge Castañeda vs. México. En 2006 la Corte Interamericana falló a favor de Castañeda, ante la ausencia del Estado Mexicano de un recurso judicial efectivo ante la negativa de registro de su candidatura independiente a la presidencia. La corte falló a su favor, sentenciando que el Estado Mexicano violó el derecho de Castañeda a un recurso judicial efectivo, pero no se pronunció sobre su derecho político de ser candidato.
2. Caso González y otras (Campo Algodonero, 2009). Responsabilidad del Estado mexicano por su falta de diligencia en las investigaciones relacionadas con la desaparición de Claudia González, Esmeralda Herrera y Laura Berenice Ramos. En un contexto de feminicidios al menos desde 1993 en Ciudad Juárez, donde el Estado Mexicano resultó culpable por negligencia en las investigaciones y prevención de este delito.
3. Caso Radilla Pacheco. En 1974 Rosendo Radilla fue detenido en un retén militar en el municipio de Atoyac de Álvarez, Guerrero. El 23 de noviembre de 2009 la corte dictó sentencia condenatoria siendo notificado el Estado Mexicano en febrero de 2010. Hubo una violación a los derechos a la libertad y la integridad personal.
4. Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú. La corte IDH dictó sentencia el 30 de octubre de 2010. Se refiere a la Comunidad indígena Me' Phaa, en el estado de Guerrero. Violación del derecho a la integridad personal, debido proceso legal, honra y dignidad humana, derecho a la propiedad privada y protección judicial. La Corte ordenó medidas de reparación del daño de no repetición, así como la investigación y sanción de los responsables. Caso de secuestro, tortura y violación.
5. Caso Rosendo Cantú. Sentencia del 31 de agosto de 2010. El Estado Mexicano resultó ser internacionalmente responsable por la violación de los derechos de la integridad personal, vida privada, garantías judiciales y protección judicial en el caso de VALENTINA ROSENDO CANTÚ, quien tenía 17 años de edad al momento de los hechos. El Estado resultó responsable por no llevar a cabo una debida diligencia en la investigación y sanción a los responsables.
6. Caso Cabrera García y Montiel Flores. Sentencia del 26 de noviembre de 2010. Se refiere a una denuncia por detención arbitraria y tratos crueles y degradantes a los que fueron sometidos Teodoro Cabrera García y Rodolfo Montiel Flores, así como por la falta de investigación y sanción de los responsables. Los hechos ocurrieron en la comunidad de Pizotla, en el estado de Guerrero, Mientras se encontraban reunidos en una casa particular, fueron detenidos por elementos del 40 Batallón de Infantería de Altamirano Guerrero. Al momento de su detención, los elementos del ejército presentaron una denuncia en contra de Cabrera y Montiel por el delito de portación de armas de fuego y siembra de amapola y mariguana. En 2000 fueron sentenciados a 6 y 10 años de cárcel, pero en 2001 un juez les cambió la condena a prisión domiciliaria.
Es un caso de control de convencionalidad en un aspecto: que la detención de una persona debe estar sujeta de inmediato a revisión judicial.
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